La Justicia argentina ordenó reabrir una causa por crímenes cometidos durante el franquismo
El Argentino
La decisión la tomó la sala II de la Cámara Federal porteña al anular un fallo de la jueza María Servini de Cubría, que había desestimado las denuncias presentadas por familiares de víctima del régimen de Franco residentes en Argentina. En las mismas se reclama que se investigue esos crímenes aplicando el principio de "jurisdicción universal", según el cual los delitos de lesa humanidad pueden ser juzgados por cualquier Estado si las autoridades judiciales del país donde fueron cometidos no lo hacen.
La Cámara solicitó al tribunal de primera instancia que libre un exhorto para determinar si en España hay procesos abiertos por los casos denunciados, para luego eventualmente avanzar con la investigación en el país. El reclamo fue hecho en aplicación del criterio de justicia universal, lo que constituye un virtual respaldo al ex juez español Baltasar Garzón. Garzón fue removido de la Audiencia Nacional por ordenar investigar esos crímenes que el Estado español ha dado por prescriptos. Las denuncias en Argentina son en su mayoria fusilamientos sumarios ocurridos entre el 17 de julio de 1936, fecha de inicio de la Guerra Civil Española, y el 15 de junio de 1977, fecha de la muerte del dictador Franco.
La Cámara dispuso que en el exhorto se requiera al gobierno español que informe "si efectivamente se está investigando la existencia de un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno, a través de su eliminación física". El fiscal Federico Delgado había solicitado la desestimación de la denuncia porque entendió que en España existen investigaciones penales en curso, lo que fue negado por los querellantes. En primera instancia se desestimó la denuncia porque la magistrada consideró que no se pueden investigar los hechos denunciados si no se cuenta con el impulso del Ministerio Público Fiscal.
Ante ello, la Cámara Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Horacio Cattani, anuló la desestimación de la denuncia, señalando que esa resolución carecía de fundamentación válida, porque si actúa en la causa un querellante particular, el juez puede investigar el delito aunque el fiscal no impulse la instrucción del caso.