miércoles, 1 de septiembre de 2010

PARA QUÉ SIRVIÓ RENOVAR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Son nulos los indultos de Videla y Massera

La Corte desestimó los decretos de Menem

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la nulidad de los indultos a los dictadores Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera, que habían sido dictados por el ex presidente Carlos Menem mediante el decreto 2741/90.

El máximo tribunal confirmó una sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal y señaló que constituye una obligación del Estado argentino "investigar y establecer las responsabilidades y sanción" de los delitos de lesa humanidad, pues por su gravedad son contrarios a la Constitución nacional y a los tratados internaciones ratificados por el país.

La Corte desestimó y declaró inadmisibles los reclamos que habían formulado los abogados de ambos jefes de la junta militar que gobernó el país en un régimen de facto, tras el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, durante siete años.

Recordó que la Argentina asumió la responsabilidad de investigar y castigar los delitos aberrantes y que ese compromiso no puede ser cerrado por el indulto firmado en 1990 por el ex presidente Menem.

"La obligación del Estado argentino no es sólo investigar, sino también castigar los delitos aberrantes, deber que no podía estar sujeto a excepciones", dijo la Corte, en un fallo aprobado por mayoría.

El alto tribunal rechazó los planteos de los abogados defensores de Videla y Massera, que habían cuestionado la competencia y la actuación de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, que declaró la inconstitucionalidad del decreto.

Al fundamentar su veredicto, la Corte citó la sentencia de la causa Mazzeo, del año 2007, al señalar que cuando se juzgan crímenes de lesa humanidad, el principio de cosa juzgada debe ceder ante la obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de esos delitos, surgida de los tratados internacionales de derechos humanos incorporados a la Constitución en la reforma de 1994. Los delitos de lesa humanidad, según el tribunal, "no sólo son contrarios a la Constitución nacional, sino también a toda la comunidad internacional". (La Nación)

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